¿Cómo funciona la ley de segunda oportunidad para deudas?

Entender cómo funciona la segunda oportunidad para eliminar deudas es muy sencillo.

No necesitas manejar grandes conceptos, aunque sí es conveniente tener unas cuantas ideas claras.

Hoy en día se habla mucho de esta herramienta, y, como casi todo en la vida, no todo lo que se dice es cierto.

Porque muchas veces quienes hablan de segunda oportunidad no son auténticos expertos en derecho, sino que son asesores de otras ramas, que no comprenden todo el entramado jurídico, por lo que la información que llega, no siempre es la correcta.

No digo que estas personas tengan intención de engañar a la gente. Lo que ocurre es que, en muchas ocasiones, por falta de especialidad, no saben diferenciar los conceptos, ni tampoco tienen claro cómo funciona este procedimiento, ni mucho menos conocen sus matices.

Porque esto de la segunda oportunidad funciona a través de un procedimiento judicial. Y como te estarás imaginando, un procedimiento judicial, por sencillo que sea, siempre va a tener sus intríngulis, que los abogados conocemos.

Pues ni todos los casos son iguales, ni todos los jueces aplican la norma igual, ni todos los asuntos requieren de los mismos pasos, sino que las diferencias pueden ser infinitas.

Nuestra intención, a través de este artículo, es explicarte cómo funciona la segunda oportunidad para eliminar deudas, de una forma sencilla. Sin aburrirte. Para que puedas comprender por ti mismo, de lo que se trata.

Esta información te dará una visión más amplia y te ayudará a tomar mejores decisiones al respecto, si estás pensado en acogerte a la segunda oportunidad.

1. La segunda oportunidad funciona a través de un procedimiento judicial.

Lo primero que debes tener claro es que para conseguir la segunda oportunidad vas a tener que iniciar un procedimiento judicial.

Es decir, esto no tiene que ver con negociar con tus acreedores, para que te hagan una rebaja y pagarles a plazos.

Obviamente, aunque eso también se puede hacer, la ley de segunda oportunidad es algo distinto.

Ese tipo de acuerdos extrajudiciales, se trata de negociaciones independientes con la persona, banco o entidad a la que le debes, que se puede alcanzar siempre y cuando las dos partes estéis de acuerdo. Y se puede hacer y, de hecho, en la mayoría de los casos se hace, al margen de procedimientos judiciales y sin abogados.

Sin embargo, lo otro, la segunda oportunidad, es algo más sofisticado.

La segunda oportunidad funciona a través de un procedimiento judicial independiente, que hay que iniciar en el Juzgado.

No sé si eres de los que se asustan cuando escuchan la palabra “Juzgado”. Lo cual es muy comprensible y sensato, porque todo procedimiento judicial entraña un riesgo.

Sin embargo, en este caso es diferente.

Verás.

Este procedimiento de la segunda oportunidad no es un pleito en el que vas a “atacar a la otra parte”, o a demandar a alguien para conseguir algo de ese persona o entidad directamente. No, no es eso.

La segunda oportunidad es un procedimiento al que tienes que acudir porque necesitas conseguir una resolución del Juez que obligue a los acreedores a rebajarte la deuda o a perdonártela.

Es como cuando estás de acuerdo con tu esposo o esposa en divorciarte, pero tenéis que presentar los papeles en el Juzgado, para poder tener una sentencia que así lo diga y seguir cada uno por su lado.

Pues esto, es lo mismo. Hay que presentar los papeles en el Juzgado para que te liberen de la deuda. Porque si no hay una resolución judicial que lo ordene, ningún banco o acreedor va a dejar de macharte con reclamaciones o a sacarte de sus listas de morosos, por voluntad propia.

Como anécdota te diré que muchas entidades, incluso con resoluciones favorables del Juzgado que dicen que el deudor está exonerado (liberado de pagar), siguen insistiendo para cobrar…

Por lo tanto, si realmente estás pensando en acogerte a la segunda oportunidad, tener que iniciar un procedimiento judicial no debe generarte recelos ni echarte atrás.

Para resumir, la segunda oportunidad funciona a través de un procedimiento que sí o sí tendrás que hacer a través del Juzgado. En concreto, hay que acudir al Juzgado de lo Mercantil de la capital de Provincia donde residas.

Y esto se hace obligatoriamente con abogado y procurador. Osea, que, aunque lo quisieras hacer tú solo, no podrías. La ley ordena que hay que ir con profesionales. Y claro, a los profesionales, hay que pagarnos.

Por eso, antes de meterte en este procedimiento, siempre se debe valorar si esta vía realmente te compensa o si hay otras que se adaptan mejor a tu caso.

Nosotras ni podemos ni queremos trabajar gratis. Pero lo que sí queremos es que el procedimiento te compense. Si no lo vemos así, no lo iniciaremos.

2. Fases del procedimiento judicial de la segunda oportunidad.

Pues las fases de este procedimiento pueden variar en función de algunos factores, tales como si el deudor tiene bienes o no; si la solución va a ser un convenio de pagos o una liquidación del patrimonio, etc.

De forma muy resumida podríamos hablar de 4 fases:

– Primera fase: Solicitud de declaración del concurso.

El procedimiento inicia con una solicitud de declaración del concurso en nombre del deudor que se presenta en el Juzgado.

El Juzgado la va a recibir y va examinar si tiene competencia, si cumplimos con los requisitos, etc. Si falta alguna cosa, suelen requerir para subsanar.

– Segunda fase: declaración de concurso y nombramiento de administrador concursal.

A continuación, el Juzgado va a dictar una resolución por la que declara el concurso, se nombra un administrador concursal y llama a los acreedores.

El administrador concursal hay veces que se nombra directamente por el Juzgado, salvo cuando no existan bienes, en ese caso, sólo lo nombra si lo piden los acreedores (y estos casi nunca lo piden).

El administrador si ha sido nombrado podrá intervenir las facultades del deudor, y además, comunicará los créditos a los acreedores y elaborará un informe.

– Tercera fase: convenio de pagos o liquidación.

Los acreedores pueden impugnar el informe del administrador o no. Y se pueden abrir dos vías:

Una fase de convenio: en caso de que existan bienes y el deudor quiera pagar sin vender su patrimonio, podrá hacer una propuesta de un plan de pagos, que puede ser aceptada o rechazada.

Una fase de liquidación: en caso de que los bienes no sean suficientes para pagar la deuda, se venden los que existan y con ese dinero se paga a los acreedores en el orden que establece la ley.

También en esta fase se puede calificar el concurso como culpable (esto es un tema muy extenso que hablaremos en otro artículo).

– Cuarta fase: conclusión del concurso y solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

Una vez que se declara concluido el concurso, se puede solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho (el perdón de la deuda).

Puede ser una exoneración sin liquidación con propuesta de plan de pagos o bien una exoneración con liquidación de la masa activa.

Como ves, estas serían las principales fases de cómo funciona el procedimiento de la segunda oportunidad, explicadas de forma muy breve.

Si estás ahogado con las deudas, si no llegas a fin de mes, si tienes varios acreedores a los que les debes mucho dinero y te están dando la brasa, no lo dudes. Intenta la segunda oportunidad.

Es una pena que dejes pasar la oportunidad de beneficiarte de una ley que lleva muchos años beneficiando a muchas empresas, corporaciones y empresarios. Y que ahora con las últimas reformas legislativas ha ampliado su alcance a más personas.

Esta es una herramienta legal que te ayuda a salir de tus deudas y funciona realmente bien.

Y para una de las pocas leyes útiles que tenemos, ¿cuál sería la razón para no utilizarla?

Ninguna. Realmente ninguna.

Para saber si la segunda oportunidad es una buena opción para ti, si cumples los requisitos para acceder y si te compensa meterte en este procedimiento, rellena el formulario y lo vemos.

Esther Pérez

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