El deudor de buena fe

Uno de los requisitos que debe cumplir cualquier persona que quiera acogerse a la exoneración de las deudas en la segunda oportunidad es ser deudor de buena fe.

En este artículo abordaremos qué significa ser deudor de buena fe.

De esta forma tú podrás ir valorando si serías un candidato válido para acceder al perdón de las deudas.

La idea que descansa detrás de que el deudor lo sea de buena fe, está en evitar conceder el beneficio del perdón de las deudas a personas que no se lo merecen.

Para que me entiendas, la normativa lo que quiere es amparar a deudores que, por determinadas circunstancias, han caído en una situación de insolvencia, viéndose imposibilitados de pagar sus deudas. Pero lo que la ley no desea es conceder este beneficio a personas que han utilizado malas artes y demostrado que no merecen el crédito en el mercado.

Pues bien, aunque todos podríamos decir cuando una persona insolvente es o no deudor de buena fe, nuestro legislador ha optado por establecer una serie de supuestos y requisitos que van a servir de parámetros al juez del concurso para que pueda valorar si el deudor es de buena fe.

En concreto, la pauta nos la da el artículo 487 del RD Legislativo 1/2020 de cinco de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal, a través de la enumeración de 6 supuestos, en los cuales no se concederá la exoneración del pasivo insatisfecho.

Es decir, la norma determina que se considera deudor de buena fe por exclusión de determinadas circunstancias. De esta forma, si el deudor se encuentra en alguna de ellas no tendrá derecho a la exoneración.

A continuación, las vamos a enumerar y explicar muy brevemente.

Debes tener en cuenta que cada uno de estos supuestos tiene más matices de los que vamos a explicar. Nuestra intención no es liarte con datos e información para analizar los detalles del caso (para eso ya estamos los abogados) sino darte una visión general.

1º Condena penal firme por ciertos delitos en los diez años anteriores.

Antes de nada debemos precisa que si tienes antecedentes penales no todo delito se computa a efectos de impedir la aplicación de la exoneración del pasivo insatisfecho. Sólo los que se concretan en la ley: delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico; falsedad documental; delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.

A mayores la condena tiene que ser de una pena privativa de libertad (prisión)  y ser por tiempo superior a tres años.

Así, por ejemplo, si  en los diez años anteriores tuvieras  una condena penal por un delito contra la seguridad vial podrías acceder a la exoneración, sin embargo, si fuese por estafa con pena de prisión superior a tres años, no podrías.

2º Sanción firme por ciertas infracciones administrativa en los diez años anteriores

Al igual que en el caso anterior, no se computarían todas las sanciones por infracciones administrativas, sino las que sean por infracciones muy graves de carácter tributario, de seguridad social o del orden social (laboral) o se hubiera dictado acuerdo firme de derivación de responsabilidad (esto es un procedimiento que sigue la Agencia Tributaria generalmente contra socios o administradores de sociedades que no cumplieron con determinadas obligaciones que establece la ley).

En caso de la que la infracción sea grave no se podrá obtener la exoneración en algunos casos pero en otros sí.

3º Calificación del concurso como culpable

Tal y como ya explicábamos en el artículo anterior ¿Qué es la segunda oportunidad para deudas? , para acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho es necesario iniciar y finalizar un procedimiento judicial de concurso.

Este concurso tiene varias fases. Aquí te dejo el enlace a otro artículo donde explicamos las fases de un concurso de persona física ¿Cómo funciona la ley de segunda oportunidad para deudas?

Pues bien, una vez que concluye el concurso, aquél va a calificarse como fortuito o culpable.

Si se califica como fortuito no habrá problema y podrás obtener la exoneración del pasivo insatisfecho. Sin embargo, si se califica como culpable, no podrás obtenerla.

¿Y qué se entiende por concurso es culpable? Pues cuando ha mediado dolo o culpa grave del deudor en la generación del estado de insolvencia, previendo la ley una serie de supuestos en concretos (por ejemplo, alzarse con los bienes en perjuicio de acreedores, haber sacado del patrimonio bienes de forma fraudulenta, etc.)

4º Declaración como persona afectada por la calificación como culpable del concurso de un tercero en los diez años anteriores

Este cuarto supuesto que impediría considerar al deudor de buena fe, sería el mismo que en el supuesto anterior pero en lugar de ser declarado como culpable el concurso del propio deudor, sería como persona afectada por la calificación culpable del concurso de otro.

No obstante, en este supuesto sí podrías acceder a la exoneración si pagas la responsabilidad.

5º Incumplimiento de los deberes de colaboración

Una de las obligaciones principales del deudor es colaborar e informar tanto al juez del concurso como al administrador concursal.

Si se incumplen estos deberes, podría considerarse que el deudor no es de buena fe y, por lo tanto, denegársele el derecho a la exoneración del pasivo insatisfecho.

6º Endeudamiento negligente o temerario

Este es el último supuesto que prevé la ley y que impide considerar al deudor de buena fe.

Se trata del caso en que el deudor haya proporcionado información falsa o engañosa o se haya comportado de forma temeraria o negligente en el momento de endeudarse o cumplir con sus obligaciones.

Como ves, se trata de un supuesto que necesita de una valoración previa por parte del juez. Y para ello, la ley establece que el juez valorará aspectos tales como la información que el deudor hubiese suministrado al acreedor antes de la concesión del préstamo, el nivel social y profesional del deudor, las circunstancias personales del endeudamiento, etc.

Es decir, el juez va a valorar cuál es el motivo de tu endeudamiento y en qué circunstancias te encontrabas cuando te endeudaste.

Tal y como te estarás imaginando, el juez no valorará de la misma forma que te hubieses endeudado para montar un negocio que lo hubieses hecho para pagarte unas vacaciones, ni que hubieses dicho la verdad sobre tu situación patrimonial a la entidad bancaria cuando le pediste el préstamo a que le hubieses ocultado datos, impidiéndole conocer tu verdadera situación, etc.

Ser deudor de buena fe es imprescindible para lograr la exoneración del pasivo insatisfecho. Y en cierto modo, es normal que así sea, puesto que, de otra forma, si la exoneración fuese accesible para todo el mundo, se estaría dando pie a que muchas personas actuaran de una forma irresponsable y fraudulenta, llegando a contratar préstamos a sabiendas de que no los iban a devolver. Esto provocaría una gran inseguridad en el mercado crediticio que sería dañina para todos.

Y hasta aquí llega este artículo sobre segunda oportunidad.

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Esther Pérez

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